Si eres emprendedor y desarrollas habitualmente una actividad comercial, Debes darte de alta como autónomo. antes del Seguro Social. Con eso, puedes contar con varias ventajas que será útil en el futuro y en caso de un imprevisto.
Pero, ¿cómo hacer este trámite? Entonces te mostramos todo requisitos para ser autónomo es todo el proceso que necesitas seguir. Por último, también explicaremos varios detalles importantes relacionados con el registro como autónomo.
Requisitos para ser autónomo
Es esencial que sabes una serie de requisitos mínimos para ser autónomo, establecido por el Estatuto del trabajador autónomo:
- Tenga uno actividad económica independiente y con fines de lucro.
- Desarrolla esta actividad sin depender de la dirección de los demás.
- La actividad debe realizado regularmente como fuente de ingresos primaria o secundaria y emitir una factura por ello.
- No estar inscrito en el Seguro Social y estar catalogado como independiente sin tener actividad económica y estar registrado en Hacienda.
¿Quién puede trabajar por cuenta propia?
Todos aquellos personas que tienen una profesión y prefieren trabajar solas pueden volverse autónomos. Para ello deberá ser mayor de edad con libre disposición patrimonial o ser menor de edad emancipado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 323 del Código Civil.
Documentación para convertirse en autónomo
Documentos requeridos depende de los diferentes procedimientos a realizar. Aquí hay una lista general de la documentación que deberá enviar:
Para el alto al tesoro:
- Modelo oficial 036 o 037.
- NIF o CIF en el caso de empresas.
Para el alto en la recta:
- Modelo TA.0521.
- Fotocopia del lanzamiento del tesoro.
- Hacer fotocopia del TIN o CIF.
Puede haber ocasiones en las que necesite correr procedimientos adicionales y recopilar otros documentos.
Los pasos para volverse independiente: qué, cómo y dónde
Es fundamental que hagas esto. pasos para ser independiente en diferentes organizaciones. Te mostramos los trámites que necesitas realizar y en el orden en que necesitas realizarlos:
- Registrarse en la tesorería.
- Haga un Declaración del censo Presentar los detalles de la actividad a realizar frente a la oficina tributaria correspondiente.
- Solicitar Impuesto sobre Actividades Económicas antes de iniciar la actividad en la administración o delegación de un organismo de administración tributaria estatal.
- Inscribirse en el Régimen Especial de Autónomos (RETA) de la Seguridad Social:
- Deberá enviar la solicitud de alta según modelo TA.0521, fotocopia del DNI y alta en Hacienda a las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Una vez que haya completado estos pasos, ya está registrado. Aún, debe asegurarse de que necesita realizar otros procedimientos, cómo solicitar autorización al ayuntamiento, registrarse en sindicatos o solicitar el número del empleador.
¿Se puede realizar el proceso online?
Actualmente tienes el Puntos de servicio para emprendedores (PAE) donde también puedes hacer el proceso en linea. Para ello, debe enviar el Documento Único Electrónico (DUE) en línea con un certificado electronico como el DNIe. Estos son los pasos que debe seguir:
- Acceso Sitio web de EAP.
- Busca la opcion «Regístrese instantáneamente como autónomo» y selecciónelo.
- Haga clic en el botón «EAP virtual».
- Identifícate a través de su DNIe o del sistema Cl @ ve.
- Seleccionar opción «Alto».
- clickea en «Registro autónomo».
- Complete el DUE.
- Botón de selección «Para salvaguardar».
- Complete ambas secciones relacionados con las actividades que vas a realizar.
- Adjunte su identificación digital y cualquier otra documentación solicitada por el sistema.
- Finalmente, haga clic en «Enviar DUE».
Antes de iniciar estos pasos, te recomendamos que revises las demás condiciones para convertirte en autónomo:
Más información para independizarse:
A continuación, le proporcionaremos más información sobre este procedimiento con todas las respuestas a las preguntas más frecuentes.
¿Cuándo es obligatorio el registro como autónomo?
Para la Seguridad Social, el registro como autónomo es obligatorio. cuando una actividad económica se realiza con ánimo de lucro de forma habitual, personal y directa. Sin embargo, aún no se han establecido leyes claras sobre cuándo una actividad se considera habitual.
Algunos indicadores habituales, que se pueden deducir de sentencias y decisiones judiciales, muestran que una actividad es habitual cuando excede el salario mínimo en el año calendario.
Publicite o tenga un tablero para promocionarse y emitir facturas todos los meses. también se consideran evidencia de actividad habitual. En todos estos casos, el registro es obligatorio.
¿Cuánto cuesta ser independiente?
El proceso de registro es 100% gratuito. Sin embargo, una vez hecho esto, debe pagar una tarifa mensual al Seguro Social. actualmente la tarifa mínima es de 286,1 € y el máximo de 1.233,2 €.
Sin embargo, la cantidad varía si tienes algunos de los diferentes bonos disponibles, ya que aplican un descuento. Por otro lado, si es una empresa, las tarifas son más altas. y quiénes son los beneficiarios del tarifa plana solo tienes que pagar 60 € el primer año.
¿Cómo aprovechar el paquete para trabajadores autónomos?
este paquete Se otorga a quienes se inscribieron por primera vez o fueron despedidos durante 5 años en su anterior condición de autónomos.. Si desea este beneficio y tiene los requisitos, debe solicitar el seguro social en el momento del registro.
¿Cuánto paga un autónomo en el primer año?
La cuota anual total de membresía es € 3.433,8 y es una cantidad fija que varía únicamente mediante una ordenanza real. Por otro lado, quien tiene el paquete paga solo 720 € en el primer año, aunque después de 12 meses, este valor aumenta.
¿Cuánto paga una empresa independiente?
El tipo de empresa o empresa con más de 10 empleados debe pagar una base mínima mensual de 367,84 € por un total de 1.214,08 € anuales. No obstante, el precio máximo es de 1.233,2 €
¿Cuáles son los impuestos que debe pagar un autónomo?
Básicamente, existen 3 impuestos que debe pagar un autónomo cada trimestre:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Impuesto al valor agregado (IVA)
- impuesto de sociedades (IS)